En el decreto se establece la suspensión de actividades turísticas y eventos masivos, considerando como tales a todos aquellos con una concurrencia superior a las 200 personas. Entre las actividades suspendidas se destacan:

  • Recitales
  • Boliches bailables – locales Clase C
  • Congresos y conferencias internacionales
  • Museos públicos y privados
  • Bus turístico
  • Asistencia de público a eventos deportivos

Por otro lado, se impone un tope de 200 personas a:

  • Congresos y conferencias nacionales
  • Espacios culturales
  • Casinos
  • Cines, teatros y templos, que deberán reducir su ocupación en un 50%
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