“El sistema de salud nos quiere inculcar la idea de que la medicina es necesaria para poder parir”, denuncia Ana Espinosa, productora del documental Las formas de nacer. Con el objetivo de visibilizar la problemática de la violencia obstétrica, el trabajo reúne diversos relatos de mujeres que se manifiestan en la lucha por el parto y el nacimiento respetado. Las experiencias proponen una reflexión sobre otras maneras de nacer y la exigencia de la aplicación de la ley 25.929 de Parto Humanizado.
Durante la semana mundial del parto respetado del 2016, una celebración que desde 2004 fomenta la Asociación Francesa por el Parto Respetado y, en Latinoamerica, La Red Latinoamericana y del Caribe para la Humanización del Parto y el Nacimiento (ReLaCaHuPaN). Este año, la consigna fue “Mi cuerpo, mi decisión, mi bebé” y se realizaron actividades en todo el mundo desde el 16 hasta el 22 de mayo. Las formas de nacer se proyectó en Trelew (Chubut), Posadas (Misiones), la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, por primera vez en Málaga, España.
El documental que fue galardonado con el premio Arandú 2014-2015 en el rubro de artes audiovisuales se hará público el mes que viene en las redes sociales. Bajo la premisa del reconocido obstétra, Michel Odent, que propone que “para cambiar el mundo hay que cambiar las formas de nacer”, los/as realizadores/as participaron en marchas y en ciclos de concientización, filmando también el primer taller de violencia obstétrica del 29º Encuentro Nacional de Mujeres en Salta. Más de 20.000 mujeres asistieron para visibilizar diversas problemáticas, pero en el caso del taller de violencia obstétrica, fue tal la concurrencia que los/as autores/as de Las formas de nacer tomaron dimensión del conflicto a nivel nacional.
Odent, médico francés defensor del parto natural, sostiene que “Las embarazadas están perdiendo la capacidad de parir”. Sobre esta afirmación, la productora del trabajo audiovisual dice: “Se basa en la matriz patriarcal que rige en la sociedad, que cosifica los cuerpos de las mujeres y hace que pierdan conexión con él. Nos provoca miedos y así no podemos entender que el cuerpo tiene, naturalmente, la capacidad de parir”.
“Las mujeres estamos recuperando la confianza en nuestro cuerpo, se está revirtiendo la situación de violencia porque hay cada vez más espacios donde informarnos y empoderarnos”, declara. Haciendo incapié en el punto del miedo, es donde el documental expone la modalidad del parto domiciliario. Aunque no hay ninguna normativa que fomente, ampare o asista esta forma de parir, la ley 25.629 regula a instituciones privadas y estatales que intervengan en el proceso del parto, por lo cual está contemplada, pero no específicamente.
Son muchas las parteras o doulas que ofrecen sus servicios independientes. La doula informa, ofrece alternativas no farmacológicas y, a diferencia de las parteras, licenciadas universitarias en obstetricia, no llevan a cabo ningún proceso clínico, sino que acompañan a un equipo obstétrico. Melina Bronfman, representante de Dar, doulas de Argentina, dice en diálogo con El Adán que “El mayor desafío es mantener la naturalidad y acompañar todas las decisiones de la parturienta más allá de no compartirlas”.
Las formas de nacer surgió inspirado en la historia de Paula Pisak, una víctima de la violencia obstétrica durante su primer parto. En consecuencia de una mala praxis, la sobreviviente se convirtió en discapacitada auditiva y motriz hace diez años y, lejos de resignarse, emprende una lucha contra la violencia en el sistema de salud hacia las mujeres.
“Todavía las mujeres siguen sufriendo violencia obstétrica”, comenta Espinosa y agrega: “Nos siguen llegando testimonios de maltrato antes, durante y después del parto. Violencia simbólica, psicológica y directamente en el procedimiento, sin informarte lo que te van a hacer o ignorándote en un momento tan importante”.
“Un bebé es una hoja en blanco, es necesario recibirlo de una manera amena y amorosa, sin cortar el cordón inmediatamente, porque la primera hora será esencial para el resto de su vida”, destaca la productora. Michel Odent aclara que en el interior del cordón se acumula una sangre que puede ser vital para la salud del menor. “Son 40 milímetros de fluido en el que se acumulan células madre, nutrientes y múltiples sustancias beneficiosas para el futuro desarrollo”, especifica.
El parto respetado es exactamente lo opuesto al parto institucionalizado históricamente, impuesto desde un modelo médico hegemónico donde aún se considera a los embarazos como una patología o enfermedad que necesita intervenciones rutinarias y no como un proceso natural. Su antítesis promueve a la madre y a su hijo/a como a los verdaderos protagonistas, basada en la consideración de los deseos y necesidades individuales de cada mujer, respetando los tiempos y condiciones de dar a luz.
La ley 25.929 de Parto Humanizado se sirve de este concepto y fue reglamentada a fines del año pasado para establecer que tanto las obras sociales como las empresas de medicina privada otorguen información clara a la madre antes, durante y después del parto, permitan que esté acompañada de quien guste, consideren a la madre y al hijo un binomio separable el menor tiempo posible y prioricen el parto natural por sobre la cesárea, entre otros puntos.
Para la persona recién nacida, establece que sea tratada con respeto y dignamente, siendo inequívocamente identificado, sin ser sometido a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia sin consentimiento manifestado por escrito de sus representantes legales, bajo protocola aprobado por un Comité de Bioética.
“Vimos a través de realizar el documental que la implementación de la ley es incompleta aún catorce años después de ser aprobada”, afirma Espinosa. Y subrayando el caso de Misiones, puntos como el de la presencia del acompañante todavía se están tratando de ejecutar. “Nuestra mirada es que las mujeres deben decidir donde parir, con quien y como hacerlo, y que en ese proceso sean respetadas, tanto en un hospital o en una casa”, recalca.
El documental “Las formas de nacer, historias de mujeres por el parto respetado” es una producción de Cooperativa de Comunicación Superficie con el apoyo del Centro de estudios y promoción de la equidad de género Flora Tristán de la Universidad Nacional de Misiones. Entre sus realizadores/as, formados/as en periodismo, fotografía, dibujo, diseño, lenguajes audivisuales y comunicación social, se encuentran Elián Guerin y Ana Espinoza, en cámara Sofia Schiavoni y Guerin, asistentes/as en producción, Tatiana Lencina y Diego Bogarín, gráficas y animación, Nicolás Franco Quiroga; sonido, Guillermo Ursini, la música de Osvaldo de la Fuente y Cecilia Moya y las fotografías del proyecto “Dar a luz” -que aparecen en esta nota- de Natalia Roca.
Que dice la Ley 25.929 de Parto Humanizado
La Ley 25.929 de Parto Humanizado fue aprobada en 2004. En un “parto humanizado” o respetado, independientemente de si es vía vaginal o cesárea, la mujer es protagonista activa, es tratada con respeto y puede estar acompañada por quien elija. Asimismo, recibe información adecuada para la toma de decisiones y es considerada una persona sana.
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A partir de la reglamentación de la Ley, profesionales de la salud, hospitales públicos, empresas de medicina privada y/o prepagas deberán tomar las medidas necesarias e instrumentar los cambios que hagan falta para que tanto en el parto como durante el embarazo y el puerperio se cumplan con estos derechos, en consonancia con lo que promulga la Organización Mundial de la Salud:
– Toda mujer tiene derecho a un parto natural, respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, en el que se eviten prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la futura mamá o de la persona por nacer.
Ante un parto vaginal, también se deberán evitar las prácticas que impidan la libertad de movimiento de la futura mamá o el derecho a recibir líquidos y alimentos durante el trabajo de parto cuando las circunstancias lo permitan.
– Toda mujer tiene derecho a ser informada de manera entendible y clara sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el embarazo, trabajo de parto, parto, posparto y puerperio de manera que pueda elegir libremente cuando existan diferentes alternativas.
En este sentido, la futura mamá podrá elegir el lugar y la forma en la que va a transitar su trabajo de parto(deambulación, posición, analgesia o medicamentos, acompañamiento) y la vía de nacimiento. El equipo de salud y la institución deberán respetar tal decisión, en tanto no comprometa la salud de madre e hijo.
– Toda mujer tiene derecho a estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y posparto, cualquiera sea la vía de parto (vaginal o cesárea).
No se le podrán exigir requisitos de género, parentesco, edad o de ningún otro tipo al acompañante que elija la embarazada.
La ley establece que en ningún caso se podrá cobrar arancel alguno por la simple permanencia del acompañante en la misma habitación, antes, durante y/o después que la mujer haya dado a luz. También, deberá ser respetado el derecho de la mujer que no desee ser acompañada.
– Teniendo en cuenta la importancia del contacto piel con piel entre la mamá y el recién nacido, y con el objetivo de favorecer el vínculo precoz, el equipo de salud deberá fomentar desde el momento mismo del nacimiento, e independientemente de la vía del parto, el contacto del recién nacido con su madre y familiares directos y/o acompañantes que ella disponga.
Esto es muy importante también para el éxito de la lactancia, otro de los aspectos que abarca la ley, donde se establece que se deberán brindar las condiciones necesarias y adecuadas para que la mamá pueda amamantar, ya desde la sala de partos y durante toda su internación.
– En cuanto a la internación, se establece un tiempo mínimo recomendable de 48 horas para un parto vaginal y de 72 horas para un parto por cesárea.
Para darles el alta, el equipo de salud deberá constatar que las condiciones de salud psíquicas y físicas de la mamá y el bebé sean las adecuadas, que se realizaron los estudios correspondientes al bebé y que recibió las vacunas obligatorias.
En el caso de que el bebé requiera internación hospitalaria, la ley contempla que se deberá brindar acceso sin restricciones para la madre y el padre del recién nacido, permitiendo el contacto físico. Además, deberá contemplarse el acceso facilitado para otros familiares directos y/o acompañantes que la madre disponga, con la acreditación de identidad como único requisito.