En el decreto se establece la suspensión de actividades turísticas y eventos masivos, considerando como tales a todos aquellos con una concurrencia superior a las 200 personas. Entre las actividades suspendidas se destacan:
- Recitales
- Boliches bailables – locales Clase C
- Congresos y conferencias internacionales
- Museos públicos y privados
- Bus turístico
- Asistencia de público a eventos deportivos
Por otro lado, se impone un tope de 200 personas a:
- Congresos y conferencias nacionales
- Espacios culturales
- Casinos
- Cines, teatros y templos, que deberán reducir su ocupación en un 50%