Una orden judicial estableció que el gobierno porteño debía tomar medidas en correlación a la capacidad de hospedaje por la normativa vigente y la provisión del personal suficiente y calificado para su debida atención.
La Dra. Cecilia Lourido, titular del Juzgado de Primera Instancia Contencioso Administrativo y Tributario N.° 20, le concretó mediante un edicto al gobierno porteño que tome todas las medidas necesarias para que el Hogar Curapaligüe venere la normativa referida a la capacidad de alojamiento en materia de hogares de niños, establecida en la Ley N° 2881 y sus modificatorias en la Ley 4383.
El hogar se halla ubicado en Curapaligüe 581 y estriba del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, con la tarea de albergar a niños menores de doce años privados de cuidados familiares.
La jueza Lourido además le requirió al poder ejecutivo que provea al hogar del personal suficiente, técnico y profesional, debidamente especializado, para que alcance un verdadero abordaje integral y particularizado del cuidado de cada niño, según las necesidades de los distintos grupos etarios convivientes en el establecimiento.
El 21 de diciembre de 2018 este Tribunal había hecho lugar a una medida cautelar y aplicado al gobierno que se abstenga de admitir nuevos ingresos en el “Hogar Curapaligüe” mientras persistan alojados más de treinta (30) niños, niñas y/o adolescentes y que fortalezca en cantidad y especialidad el personal necesario para la operatividad del mismo.